lunes, 6 de julio de 2015

El suicidio médicamente asistido y el consentimiento informado


La mayoría de los países de nuestro entorno cultural incluyen en sus Códigos Penales el delito del auxilio al suicidio; concretamente en España, podría encuadrarse en el artículo 143.2  del Código Penal:

“Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de otra persona”
Argumentos tan dispares como los de carácter ético o religioso, tales como  “la vida es un derecho inviolable, sobre el que nadie, -ni siquiera uno mismo-, puede disponer”, u otros, -de carácter más economicista-, como que “su aprobación supondría un desinterés en el estudio e inversión en cuidados paliativos y en tratamientos para el dolor”, o que “dejar de sancionar esa conducta podría provocar que en determinados casos se influyera, a una persona, al suicidio para así acceder antes a una herencia”, son algunos de los, muchos, utilizados para oponerse a la legalización del auxilio al suicidio.

Con este debate abierto, el científico Stephen Hawking declaraba que “estaría dispuesto a considerar el “suicidio asistido” si se agravase su enfermedad, hasta el punto de hacer su vida insoportable o de hacérsela a quienes le rodean”.

El físico de Cambridge se apuntó al debate sobre el suicidio asistido en el 2013 con una de sus frases para la posteridad -"Si no permitimos que los animales sufran, ¿por qué lo permitimos con los humanos?"

Recientemente, el Tribunal Supremo de Canadá decidía derogar la prohibición existente en su país, del suicidio médicamente asistido; lo cual abre la puerta a esta práctica en el caso de adultos, con capacidad de consentir y que sufran una enfermedad grave e incurable, que le cause un sufrimiento permanente e intolerable.
En su sentencia el Tribunal señala, que “la naturaleza del sufrimiento puede ser tanto física como psicológica y no es preciso que la enfermedad sea terminal”. Con lo que esta práctica puede verse extendida a situaciones, hasta el momento no exploradas.
¿Será posible encontrar un consenso en las comunidades médicas y jurídicas, sobre el derecho del auxilio al suicidio? Va a ser difícil. Transcurrirán años, seguramente décadas pero, creo, que terminará aceptándose en la mayoría de los países de nuestro entorno.
Objetivamente si se prohíbe ayudar a morir, a alguien que sufre una enfermedad grave, terminal o irreversible, se le está condenado a una vida de sufrimiento intolerable. Además le estamos privando del derecho a la igualdad a aquellas personas discapacitadas que no pueden acabar con su vida por sí mismas.
Por otra parte, es evidente, que si se abre esa puerta, deberemos dotarnos de instrumentos fiables que aseguren que se dan las circunstancias objetivas para aprobar un auxilio al suicidio. Un instrumento que puede obtenerse si conjugamos algunos de los instrumentos actuales: el derecho a la información del paciente, el consentimiento clínico informado, el testamento vital o instrucciones previas; con todo ello y lo que representan podría obtenerse un Consentimiento Informado específico para las decisiones en el final de la vida, en el que los facultativos (médicos, psicólogos y otros especialistas…) podrán evaluar la competencia y voluntariedad del paciente al adoptar esta decisión y que permita detectar la coacción e influencias indebidas.
Y es que… “tener vivo a alguien contra su voluntad es la mayor indignidad posible".

José Luis Gómez G.