viernes, 8 de julio de 2016

PARIR POR ORDEN JUDICIAL



Esta semana ha salido en prensa que una embarazada había sido obligada por un juez a inducir el parto en contra de su voluntad, desatando todas las polémicas. La noticia no ha dejado indiferente a nadie, sorpresa del público general, opiniones médicas diversas, aplausos por los colectivos en defensa del menor y grandes críticas de los colectivos que defienden mayor poder de decisión de las mujeres en los partos.

Lo único que parece claro es que, ante la recomendación de los médicos por existir anomalías, la mujer se niega a la inducción, y el hospital pide autorización al juez que la concede. Los Mossos d'Esquadra acuden a la vivienda de la mujer para acompañarla al hospital, unas horas más tarde nace el niño, y ambos se encuentran bien.

Las discusiones comienzan en torno a los motivos por los que el ginecólogo recomendó la inducción, si realmente era necesario, si se informó debidamente a la mujer de todos los riesgos para poder tomar una decisión adecuada, si existió abuso de poder, e incluso si se cargaron las tintas en los informes para conseguir la autorización judicial.

Aunque parece que se ha abierto una investigación y la tónica general en prensa ha sido la de condenar la decisión del ginecólogo y el juez, desde el punto de vista del Derecho, la decisión ha sido desde luego la más recomendable.

El respeto a la autonomía de la voluntad del paciente es un principio básico en esta materia, pero aquí se contrapone a los derechos e intereses del no nacido, e incluso con las obligaciones profesionales del ginecólogo, por lo que los médicos, como garantes de la salud del menor, hicieron lo correcto desde el punto de vista legal, es decir, ponerlo en conocimiento del Juez para que tomase la decisión.
Es cierto que los médicos podrían haber “exagerado” en los informes remitidos al Juez como he leído en varios medios, pero ¿con qué finalidad?

Hablando hace poco con una compañera que colabora con uno de los colectivos que defienden una mayor libertad de decisión de las mujeres en los partos, me comentaba que en España se inducen más partos de los debidos, entre otros motivos, para acomodar agendas en hospitales y facilitar la programación. Sin embargo, en este caso, si sólo fuera por este motivo ¿tantas molestias se iba a tomar el ginecólogo, sabiendo las consecuencias que podía tener una decisión incorrecta?

Personalmente me cuesta creerlo. Quizás porque soy jurista, sigo creyendo en la tan deteriorada presunción de inocencia y en el estado de Derecho, y por ello sólo se me ocurre pensar que si dos profesionales diferentes, ginecólogo y juez, tomaron esa decisión, fue porque era lo mejor para el menor, y que, por lo tanto, la decisión estaba justificada tanto legal como médicamente.

¿Qué habría ocurrido si el juez no toma la decisión y el bebé sufre daños irreversibles? Obviamente el ginecólogo se enfrentaría a una demanda por negligencia profesional, y por más que la familia y el menor fueran indemnizados, hay cosas que el dinero no reparará nunca.

Los jueces no sólo toman decisiones en favor de los menores cuando están dentro del vientre materno, mayoritariamente lo hacen cuando está fuera y es fundamental que sea así. En este caso la diferencia es que obviamente, la decisión repercute también en la madre, pero si médicamente es lo mejor para ambos, y los beneficios superan con creces los riesgos, la decisión legal es acertada.

No es este el foro para analizar las injusticias y discriminaciones que las mujeres hemos soportado históricamente, pero en este caso creo que no se trata de un ataque a la mujer y, por extensión, a su autonomía como paciente. Se está desviando la atención hacia este punto obviando que en este caso hay un elemento adicional y esencial: la existencia de un menor o no nacido, y la necesidad de que alguien vele por sus derechos, cuando los que deben hacerlo, no saben, no pueden, o no quieren hacerlo.




viernes, 10 de junio de 2016


LA VALORACION DE LAS CLÍNICAS DENTALES

El gran incremento de profesionales de la odontología está provocando importantes cambios en el escenario profesional y empresarial de esta actividad.
La continua llegada de profesionales a esta rama sanitaria ha provocado, por una parte, un incremento de la figura de los dentistas autónomos que colaboran en distintas clínicas y, por otra parte, la insatisfacción de no encontrar un modelo profesional que colme sus expectativas profesionales o económicas, está lanzando a estos profesionales a intentar la aventura de "montar su propia clínica".
Esta posibilidad de ser titular de tu propia clínica, se viene haciendo tradicionalmente o bien mediante la formula de comenzar de cero y buscar el local adecuado, realizar todas las inversiones en equipos, obras y licencias o bien buscar "atajos", tratando de encontrar, en el mercado, la clínica chollo que se vende a buen precio por "lógicas razones del vendedor" y que, el nuevo adquirente deberá saber rentabilizar.
En otro artículo ya escribí sobre esta fórmula de adquisición, la de la compraventa pura y dura de una clínica; es decir, la de yo te entrego el dinero pactado y tu me das la propiedad de este negocio y, a partir de ese día, el nuevo propietario comienza a dirigir según su leal saber y entender. Una fórmula, ésta, que me parece inadecuada y con muchos riesgos, por lo que soy más partidario de buscar una formula de incorporación progresiva que permita, tanto a comprador como vendedor, sacar el máximo valor y seguridad de esa transacción.
Las ventas de clínicas dentales van a ser un denominador común en los próximos años y en cualquier momento podemos vernos afectados, bien por la opción de comprar o por la de vender; por ello, debemos hacer un ejercicio de gestión fundamental: VALORAR CUÁNTO VALE NUESTRA CLINICA.
¿Por qué debemos hacer una valoración?  Conocer cuanto vale tu negocio es fundamental, desde luego si se va a vender, pero independientemente de ello es un dato básico para la gestión y la toma de decisiones diarias y de inversión, aunque no tengas intención de venderlo.
¿Cuándo debe hacerse la valoración? En conexión con la respuesta anterior, deberíamos realizar una valoración todos los años, al acabar el ejercicio. Ese dato nos permitirá comprobar la evolución de la clínica, si se está produciendo un incremento en su valor y si las decisiones directivas que se han adoptado han sido las adecuadas.
¿Qué tenemos que valorar? En este apartado hay que ser muy objetivos y de inicio hay que buscar exclusivamente el autentico valor de la clínica; un valor al que posteriormente, en caso de venta, se le podrá incrementar determinadas valoraciones relacionadas con la visión o posibilidades la clínica, trayectoria, ventajas competitivas, etc... factores, estos que determinarán el precio de venta, en su caso.
Nos falta por explicar ¿Cómo valorar una clínica dental? Las clínicas dentales, aunque tengan ciertas especialidades,  deben valorarse , como cualquier otro negocio, todos tienen sus pequeñas especialidades y todos están marcados por circunstancias propias, pero todos ellos son susceptibles de valoración.
Existen diversos modelos en el mercado de valoración, por ejemplo a través del descuento de los flujos de caja, que permite estimar la capacidad de la clínica de generar beneficios a los largo de los próximos ejercicios. Otros es tener en cuenta el ebitda (ingresos de la actividad, antes de intereses, impuestos y amortizaciones) y multiplicarlo por una cifra fija,(numero de años aproximados para recuperar la inversión); este método suele generar discusiones por la dificultad que supone elegir ese coeficiente.
Personalmente, por mi experiencia en este sector, creo que el mejor método se aproximaría al que denominan "valoración por elementos". Es muy detallado y complejo pero aporta datos más reales. En este método, se hace un inventario de los activos y elementos existentes en la clínica y se valoran, no por su valor pendiente de amortizar, sino por el valor de su sustitución a precios de mercado. Igualmente se incorporan los costes de otros derechos como las licencias administrativas, obras, etc.. y se resta las deudas existentes. A partir de ese valor, entran en juego otros elementos como la "calidad de las fichas de los pacientes"; y es que de nada sirve decir que es una clínica que cuenta con 3.000 fichas si estás no han tenido movimiento alguno en los dos últimos años.
Por último, debe hacerse una valoración del tipo de tratamientos realizados y las rentabilidad de los mismos.
Como vemos un trabajo arduo pero muy revelador sobre el valor de nuestra clínica.
Así pues, como conclusiones, podemos fijar que es necesario hacer esa valoración y que sería conveniente hacerla anualmente,  si a nuestra profesionalidad sanitaria le queremos dotar de una profesionalidad en la gestión.